Alta nueva de electricidad
Requisitos:
- DNI ó CIF según el caso.
- Certificado de instalación eléctrica (CIE)
- Cedula de habitabilidad o licencia de primera ocupación
- En caso de empresa, documento que acredite autorización para contratar en nombre de la empresa.
- Para autónomos será necesario el último recibo de autónomos.
Costes (**):
- Disminuir Potencia Contratada
- La reducción de potencia eléctrica contratada tiene un coste, es mucho más barato con respecto a si hacemos un aumento de la potencia contratada. Hay que ser muy cuidadoso a la hora de disminuir la potencia ya que solo se puede realizar un cambio de potencia al año, y si la nueva potencia no es la potencia requerida realmente podría suponer un problema para nosotros. Al igual que con el aumento del término de potencia, con la disminución también incurrimos en unos costes.
- Los derechos de enganche son 9,04 € + IVA.
-
- Aumentar Potencia Contratada
- Para aumentar la potencia, el usuario debe incurrir en coste de los derechos de extensión y de acceso por cada kilovatio aumentado, estos costes deberán ser pagados a la distribuidora:
- 1. Derechos de extensión: 17,37€/kW + IVA
- 2. Derechos de acceso: 19,70€/kW + IVA
- 3. Derechos de enganche: 9,04 €/actuación + IVA
- En el caso de haber ya modificado la potencia en los tres años anteriores, es posible que esta cantidad se vea reducida ya que solo se le mantendrá la parte correspondientes a los derechos de acceso y de enganche..
- Importante: El aumento de potencia podrá suponer para el usuario un coste aproximado de unos 38,00 euros por kilovatio aumentado, al total habría que sumar si procede el Derecho de Enganche.
Tabla Cálculo Estimado Derechos Extensión, Acceso y Enganche SIN y CON Iva

(**) Artículos 44 y 50 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y “Orden ITC/3519/2009, de 28 de diciembre de 2009